EL CORREO MAYOR DE INDIAS Y EL ENTORNO ADMINISTRATIVO ESPAÑOL 1500 - 1850 |
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De los Correos Mayores de Indias a la Administración de Correos.
Estructura Administrativa Española y los Correos Mayores.
Las Rutas de Correos y las Marcas Pre-Filatélicas. |
El entendimiento general de los Correos Mayores de India como un instrumento de técnico y administrativo de las comunicación debe necesariamente comenzar introduciéndose en el conocimiento del sistema administrativo de la Corona Española donde están sus raíces y génesis, y comenzando con los llamados “Reyes Católicos”, esto es, en la unión de los reinos de Castilla y Aragón, la conquista del reino musulmán de Granada en 1492 y, posteriormente, el de Navarra en 1512. Es durante el reinado de Isabel I de Castilla (1474-1504)(1) y Fernando II de Aragón (1507-1516) (2); y el reinado de Felipe I de Castilla y de León (1504 - 1506) (2a) que comienza el tránsito cultural desde el Mundo Medieval al Moderno, con la modificación paulatina de las estructuras administrativas gubernamentales influencias por el arribo de la casa de los Habsburgo. Partiendo del Consejo Real de la época medieval, establecieron el sistema polisinodial en torno a tres grandes Consejos; el Consejo de Castilla (1480), el Consejo de Aragón (1494) y el Consejo del Santo Oficio o Inquisición (1483).
Será en éste entorno de desarrollo y expansión marítimas atlánticas (Descubrimiento del Cabo de Buena Esperanza) en que hace su aparición el navegante Cristóbal Colón (3) en la Corte de los Reyes Católicos con su proyecto de conquista de rutas navales comerciales a las Indias (Entonces el Oriente), el que luego de algunos años se formalizará mediante las Capitulaciones de Santa Fe del 17.04.1492 en que será designado como Virrey, Almirante y Gobernador de los territorios por descubrir; proyecto que conducirá al descubrimiento de América por Cristóbal Colón el 12.10.1492, hito en la historia mundial. Circunstancia que generó enormes posibilidades a la economía, a la ciencia y a todos los ámbitos del saber, acentuando la expansión atlántica que continuaría en los siguientes siglos. Todos los territorios descubiertos serán anexionados al reino de Castilla, instaurándose en ellos los sistemas administrativos tradicionales del reino castellano.
Durante los primeros 30 años (1493-1523) de la colonización de América el eclesiástico Juan Rodríguez de Fonseca será la máxima autoridad para los asuntos indianos, primero como asesor y persona de confianza de los Reyes Católicos y desde 1504 como miembro del Consejo de Castilla, institución a la que inicialmente correspondía la jurisdicción sobre las nuevas tierras y en la que Fonseca presidió una junta de tres miembros, citada en aquella época (1511) como los del "Consejo que entienden en las cosas de Indias", consejo que se formalizará en 1524.
Para la administración de los reinos de América los Reyes Católicos crean en 1503 la Casa de la Contratación (1503-1790) (5) en Sevilla, lugar donde funcionaría por más de doscientos años (1503-1717), para estimular, encauzar y controlar el tráfico con el Nuevo Mundo. Tenía precedentes en instituciones semejantes creadas en otros países, en especial la "Casa da India" de Lisboa. En principio se organizó como una agencia de la corona castellana, para realizar, por cuenta propia, y en régimen de monopolio, el comercio con las tierras recién descubiertas en América, pero la magnitud de las tierras descubiertas hizo imposible este proyecto, y la Casa de Contratación se convirtió en el órgano destinado a inspeccionar y fiscalizar todo lo relativo al tráfico indiano. Gozó de amplia autonomía hasta que se creó el Consejo de Indias (1524), del que pasó a depender, como más tarde lo harían los de Hacienda y Guerra. Su personal estaba compuesto, al principio, por un Factor (6), un Tesorero (6a), que recibía todos los caudales procedentes de América, y un Contador-secretario, encargado de la contabilidad de cuantas operaciones realizaba la Casa de la Contratación. Con la creación del Consulado de Sevilla (1542), tribunal mercantil, muchos pleitos sobre responsabilidad civil pasaron a él, pero lo criminal siguió bajo su jurisdicción. Con el tiempo las tareas de la Casa de Contratación adquirieron tal complejidad que fue preciso adjuntar a los oficiales reales una serie de ayudantes: escribanos, diputados, comisarios delegados, etc., y se crearon algunos cargos con misiones concretas y específicas, como los de Correo Mayor, proveedor general de la armada, artillero mayor, visitadores de navíos. Para coordinar tan diversas actividades se instituyó en 1557 el cargo de Presidente de la Casa de Contratación, que era la suprema autoridad ejecutiva dentro de ella. Al contador se le asignaron numerosos ayudantes, y se acabó creando un Tribunal de la contaduría de la Avería (7) en 1596. Con el traslado en 1717 de la Casa de Contratación a Cádiz y el Juzgado de Indias a Sevilla; sumado a las reformas borbónicas a su estructura administrativa y la progresiva descentralización del comercio le fueron mermando atribuciones, hasta su supresión en 1790.
Sucederán a Cristóbal Colón en el gobierno y administración colonial española del Nuevo Mundo (de las Indias Occidentales), Francisco de Bobadilla, Nicolás de Ovando (1501-1509) y Diego Colón y Moniz Perestrello (hijo de Cristóbal Colón) (1509-1515) con dignidad de Virrey, pero reducido a mero título. Con los descubrimientos de nuevas tierras se designarán diversos "gobernadores-conquistadores-exploradores", ejemplo de ello es la capitulación firmada el 6.06.1508, se designa a Alonso Ojeda como gobernador de Nueva Andalucía al este, falleciendo en 1515 habiendo renunciado al cargo y a Diego de Nicuesa con gobernador de Veragua al oeste con límites en el Golfo de Urabá para ambos territorios. En éste período se asignarán otras gobernaciones como la de Luis Ponce de León en la de Puerto Rico (1510-1515); Pánfilo de Narváez como Gobernador (20) y Adelantado (20a) de Florida (1528) al que sucederá Pedro Menéndez de Avilés; y Diego Velázquez de Cuéllar (1511-1524) y luego Hernando de Soto como Gobernadores de Cuba. Durante la gobernación de Diego Colón se instala por primera vez en América la institución de la Audiencia llamada Audiencia de Santo Domingo (4), en la isla La Española en el año 1511, suprimida al poco tiempo y reestablecida en 1526. En esta época que crearán las llamadas “Leyes de Burgos”, conjunto normativo de ordenanzas dictadas el 27.01.1512 de gran importancia para la protección de los indígenas, en donde el derecho común castellano no podía aplicarse.
El Consejo de Indias (7a), fundado en 1511 y reformado en 1524, en sus competencias tenía la suprema jurisdicción en todo lo relativo a mar y tierra del Nuevo Mundo, en lo militar y lo político, en la paz y en la guerra, en lo civil y criminal; supervisaba el funcionamiento de la Casa de Contratación de Indias, en Sevilla; proponía los puestos de virreyes, generales de armadas y flotas, arzobispados y obispados en Indias; entendía también en algunos pleitos de justicia.
Felipe I otorga a la familia Tassis (casa Thurn y Taxis) en documento firmado en La Coruña el 12 de mayo de 1506 el título oficial de "Maestro de Ostes, Postas y Correos de Su Majestad", que resa : "por quanto Fraco de Taxys e ximo de Taxys su sobrino son mis maestros de postas e correos en estos mis Reynos e señorios...". De éste modo Francisco de Tassis se convierte en el primer Correo Mayor General de España, muere en Malinas el 09.12.1517 y Carlos I el 20.12.1517, en Valladolid, nombra a sus sobrinos Juan Bautista, Mateo y Simón sus herederos. Posteriormente, en Zaragoza, el 28.08.1518, ratifica a los tres hermanos como "maestros mayores de ostes i postas i correos de nuestra casa i corte i de todos nuestros reinos i señoríos i fuera dellos". LA familia Tassis mantendrá éste privilegio por más de 200 años hasta Junio de 1706.
Transcurridos 22 años desde el descubrimiento de América, el Rey Fernando II por real cédula (8) de Madrid del 14.05.1514 establece el privilegio de Correo Mayor de las Indias y de las Islas y Tierra-Firme del Mar Océano descubiertas y por descubrir, otorgándola a don Lorenzo Galíndez Carvajal (9) de perpetuidad y de forma vitalicia tanto para sí como para su descendencia. Este debía disponer de la recepción y entrega de la correspondencia de las colonias. Inicialmente la concesión era para la provincia "Castilla del Oro", cono se llamaba entonces a Panamá y a Tierra Firme, la que se extenderá a toda América. Privilegio que estará bajo la autoridad del naciente "Consejo de Indias"", al que pertenecía don Lorenzo Galíndez Carvajal.
Bajo el Reinado de Carlos I (1516-1556),(10) de la casa Habsburgo (10a), se desarrollará la administración centralizada operando con Secretarías y Consejos, órganos colegiados y consultivos, integrados fundamentalmente por letrados, que elevaban al rey sus opiniones o sugerencias en sus consultas para que el monarca decidiese, los que constituían una amplia red institucional que se ocupaba de las principales cuestiones del gobierno de la Monarquía. Éstos Consejos se irían ampliando paulatinamente, creándose o incorporándose nuevos, siendo éstos territoriales o temáticos; los territoriales serán: Consejos Castilla, Aragón, Italia, Flandes (1588), Indias, Navarra (data de 1467, incorporado con la anexión por Fernando II en 1512 y reformado en 1525), Portugal (12.11.1582) y los temáticos (políticos administrativos específicos) Consejos de Estado (1526), de Guerra, de Hacienda (1523), de la Inquisición, de Órdenes Militares y, de Cruzada (1525), que se ocuparán de asuntos generales a toda la Monarquía. Estos estaban compuestos por un número variable de consejeros y una gran variedad de funcionarios: escribanos, secretarios, oficiales, contadores, receptores, relatores, fiscales, porteros, alguaciles, etc. Será Carlos I quien ratificará por real cédula de Toledo del 27.10.1525 al Correo Mayor de las Indias y de las Islas y Tierra-Firme del Mar Océano descubiertas y por descubrir, reafirmándosele sus funciones y privilegios anteriormente concedidos, ordenándose el estricto cumplimiento y respeto de sus disposiciones.
Así como los Reyes Católicos contaba con la Contaduría Mayor de Cuentas, creada en 1476 y reformada en 1658, que llevaba la contabilidad; y la Contaduría Mayor de Hacienda, que se encargaba de la gestión de los impuestos (asignar arrendadores, cobros, etc.); Carlos I creará en 1523 el Consejo de Hacienda (11) que centrará su gestión en la administración de las contribuciones de la Corona de Castilla y luego por real cédula del 26.07.1559 de los caudales procedentes de América (11a) , quedando fuera de su ámbito el sistema fiscal de los reinos de la Corona de Aragón, Portugal y los Países Bajos, su carácter de tribunal castellano fue evolucionando hasta convertirse en uno de los principales de la Monarquía Hispánica, ya que estaba al tanto también de las aportaciones realizadas por los reinos de Nápoles, Sicilia, Aragón, Cataluña, Navarra, Portugal y los Países Bajos.
Con la incorporación a la corona española a partir de 1519 de las grandes extensiones de tierras conquistadas por Hernán Cortes, a las que denominó Nueva España (actual México) y cuyo eje se centró en los territorios que conformaba el Imperio azteca, surgirán sobre la Corona Española importantes pretensiones señoriales de los conquistadores y críticas sobre el trato dado por los mismos a los nativos, viendo entonces el Rey en la necesidad plantearse una nueva, más adecuada y duradera administración y gobernación de los reinos del Nuevo Mundo, implantando Virreinatos y dictando marcos regulatorios para los gobernadores. De esta reorganización surgirán en Noviembre de 1526, doce ordenanzas, conocidas como “Ordenanzas de Granada” (11b), dirigidas a los Capitanes españoles y que apuntaba a dar un buen trato a los aborígenes e instruirlos en la fe cristiana. Con la muerte de Diego Colón en 1526, se suceden litigios (litigios colombinos) llevados adelante por su viuda por la titularidad del cargo de Virrey detentado por su hijo Luis Colón y Toledo (nieto de Cristóbal Colón, entonces menor de edad), terminando el arbitraje en la renuncia de éste último al título de Virrey en el año 1536. Para entonces se ha creado en 1527 la Real Audiencia de Nueva España. Y para el año 1535 el Virreinato de Nueva España con Antonio de Mendoza como Virrey; y laAudiencia de Panamá en 1538.Complementando la organización de los nuevos territorios Carlos I dictará por una pragmática de Barcelona del 20.11.1542 las llamadas “Nuevas Leyes de Indias” (11c), conjunto de 40 leyes y ordenanzas para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los indios, que reemplazarán a las anteriores Leyes de Burgos, las que serán ampliamente rechazadas y finalmente derogadas en 1545. Conforme se extendía los territorios se crearán diversas gobernaciones como las de de Nueva Castilla (11d) y de Nueva Toledo (11e) en 1542, la Real Audiencia de Guatemala y Lima (Perú) en 1543 y el Virreinato del Perú en 1544 sobre las base del Imperio Inca, siendo su primer Virrey Blasco Núñez de Vela; y finales del reinado de Carlos I las Audiencias de Guadalajara (Nueva Galicia) y Nueva Granada (Santa Fe de Bogotá) en 1548.
Para esta época don Diego Galíndez de Carvajal y Dávila, II Correo Mayor de las Indias (1527-1562) (12), es nombrado Comisario Real sobre los reales derechos en el Perú, se traslada en comisión especial en 1559, llegando a principios de 1561 a Ciudad de los Reyes, donde fue reconocido por el Cabildo como Correo Mayor de Indias. Se encontrará en ésta que el virrey Andrés Hurtado de Mendoza, I marqués de Cañete, había nominado el 26.08.1557 a Marcos Correoso como Correo Mayor, nominación que Diego Carvajal hace revocar, subcontratándolo para trabajar como Teniente de Correos de Nueva Castilla y Nueva Toledo, reservando para sí, el correo entre las Indias y la Península, trató infructuosamente de establecer algunas líneas de correos en el virreinato del Perú, no obteniendo buenos resultados e incurriendo además en un generalizado mal trato a los "Chasquis" (indios mensajeros). Será Carlos I quien dicte las primeras ordenanzas o leyes en los años 1535 (Ley 26), 1543 (Leyes 12, 13, 14, 15 ,16), 1550 (Ley 11) , 1552 (Ley 9) y 1554 (Ley 17) (ver Leyes de Indias en anexo 1), que darán marco regulatorio a los Correos Mayores.
El reinado de Felipe II (1556-1598) (12a) , como el de su padre, fue absolutista, y continuó con las instituciones heredadas de Carlos I, con la misma estructura de su imperio y autonomía de sus componentes, rodeándose de secretarios eficaces y en algunos períodos con un consejo asesor, como la llamada Junta de Noche (1584-1595). Convirtió a España y especialmente Castilla en el centro del imperio, con su administración localizada en Madrid. Durante éste reinado se crearán la Audiencia de Charcas, Alto Perú en 1559; la Audiencia de Quito, Ecuador 1563; la Audiencia de Concepción, Chile en 1563-1575 (reinstalada en Santiago en 1605); y la Audiencia de Manila, Filipinas en 1583.
A al muerte de Diego Carvajal en 1562 y, durante reinado de Felipe II, Marcos Correoso entablará en Lima pleito con Juan Carvajal Vargas y Sotomayor, III Correo Mayor de Indias (1562-1570) (12b) (hijo primogénito de Diego, avecindado en España), pleito el que finalizará por real cédula del 17.05.1564 en que se disponía "suprimir el Oficio de Correo Mayor de Indias en el Perú hasta que por Nos otra cosa provea"; ejercerá el oficio de Correo Mayor en España hasta el año 1570 y en la Indias al parecer no lo habría podido ejercer dada la real cédula del 17.05.1564. En 1570 vendió la mitad del Oficio en 2.300 ducados a Juan de Saavedra Marmolejo, Correo Mayor de Sevilla y posteriormente cedió la otra mitad del Oficio a su hermano Diego de Carvajal Vargas y Sotomayor, IV Correo Mayor de Indias (1570-1593) (13) , también residente en España el que pasó a Lima en el año 1569 en la nao de Alonso Conqueros. El Cabildo de Lima le volvió a reconocer el Oficio de Correo Mayor en 1582. A su fallecimiento en 1593, su viuda, Beatriz de Marroquin y Montehermoso y Cépedes ejercerá interinamente el Oficio hasta el año 1595, en que lo arrienda a Balaguer de Salcedo, quien al poco tiempo renuncia al mismo. Dictará Felipe II más ordenanzas o leyes para los Correos Mayores en los años 1572 (Ley 9), 1574 (Leyes 19), 1575 (Ley 17), 1577 (Ley 10), 1580 (Ley 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y, 8) , 1582 (Ley 20) y 1584 (Ley 19) (ver Leyes de Indias en anexo 1). En el regentado de su privilegio seguirán los malos tratos a los Chasquis, razón por la cual Rey Felipe II dicta una ordenanza en septiembre de 1593, obligando al Correo Mayor a cancelar a los “chasquis” por los servicios prestados y que sean bien tratados y amparados por la justicia.
Bajo los reinados de Felipe III (1598-1621) (13a), Felipe IV (1621-1665) (13b), la principal innovación al funcionamiento del sistema político de la monarquía fue la creación de la figura de los Validos; personajes miembros de la aristocracia, en los que los reyes depositaron su total confianza, dejando en ellos las labores de gobierno y la resolución de las principales decisiones. Felipe III encomienda en ésta figura a Francisco de Sandoval y Roja, duque de Lerma, que será sucedido por su hijo, el duque de Uceda, y luego de éste último el conde-duque de Olivares, ejerciendo la figura de valido hasta el año 1643. Felipe IV optaría por intervenir más directamente en los asuntos importantes de gobierno asesorándose con el nominado primer y principal ministro, Luis de Haro entre los años 1659 y 1661. En el 1621 se crea el cargo de Secretario del Despacho Universal con el doble cometido de despachar con el rey todos los asuntos y actuar de enlace entre el monarca y los consejos.
En el curso de los reinados de Felipe III y Felipe IV, se sucedieron tres Correos Mayores de Indias, todos radicados en la Ciudad de los Reyes, bajos los cuales no hubo mayores progresos en las comunicaciones, tanto dentro de América como entre América y la península.Felipe III dictará más ordenanzas o leyes para los Correos Mayores en los años 1603 y 1608 (Ley 25), 1609 (Leyes 19), 1613 (Ley 19) y 1621 (Ley 21) , ejerciendo el oficio entonces 1.-) Diego de Carvajal-Vargas y Marroquín, V Correo Mayor de las Indias (1593-1631) (14), y durante período de Felipe IV más ordenanzas y leyes en los años 1622 (Ley 22 y 27) , 1628 (Ley 28) y 1633 (Ley 23) (ver Leyes de Indias en anexo 1), siendo la ley 28 de la recopilación de las Leyes de Indias la que recoja la real cédula del 09.11.1628 , que ordena se fije un arancel para moderar los cobros (abusivos) por el porte de la correspondencia, en éste período los correos mayores serán 2.-) Francisco de Sancho de Carvajal-Vargas y Mendoza (Córdova y Guzmán), VI Correo Mayor de las Indias (1631-1653) (15) y 3.-) Diego Anastasio de Carvajal-Vargas y Altamirano, VII Correo Mayor de Indias (1653-1693) (16) y al fallecimiento de éste último su viuda, Francisca de Luna y Sarmiento ejercerá en forma interina el oficio hasta el año 1669, fecha en que pasa el mayorazgo a su sobrino.
Felipe IV reformará profundamente el Consejo de Hacienda en 1658, se incorpora la Comisión de Millones (16a) . Posteriormente se creará en 1687 la Superintendencia General de Hacienda. Creará en 1661 la Audiencia de Río de la Plata (Buenos Aires), que será disuelta en 1671.
Durante la Regencia de Mariana de Austria (1665-1675) y el reinado de Carlos II (1665-1700) (16b) reaparece figura del valido en la persona del clérigo jesuita Juan Everardo Nithard y luego Fernando Valenzuela, que en 1676 sería elevado a Primer Ministro. Carlos II impondrá principalmente la figura del Primer Ministro como su asesor, manteniendo disminuidas las funciones de los Consejos y solo con cierta actividad hasta la su muerte, el de Secretario del Despacho Universal regentado entonces por donFrancisco Ubilla y Medina. Será Carlos II quien ordene la Recopilación de la Leyes de Indias, las que mediante pragmática (17) de Madrid de 18.05.1680, sancione y firme para su publicación, en estos documentos, entre otras muchas materias se resumen y funden un conjunto de 28 leyes para el Correo Mayor de la Casa de la Contratación, en el Título VII del libro IX.
En el comienzo de su reinado,Felipe V (1700-1746) (17a), para asesorarse en el despacho de los negocios de Estado, institucionaliza el Consejo de Gabinete o de Despacho (febrero de 1702) en la persona de Francisco de Ubilla y Medina que venía ocupando el cargo Secretario del Despacho Universal, de este modo Ubilla es quien recoge de "boca" la palabra del rey, que por mero hecho de ser la suya, tiene fuerza decisoria de todo, el término no quiere decir que la comunicación fuere solamente verbal, sino que también por escrito, siendo la relación entre el monarca y el secretario fluida y habitual, pudiendo prescindir de ciertas formalidades y convocatorias previas. En 1703 incorpora al Consejo a Manuel Coloma Escolano, Marqués de Canales, ocupándose éste de los temas de guerra y hacienda, volviendo en Septiembre de 1704 Ubilla a retomar todos los temas. El 11 de Julio de 1705 se crean definitivamente dos Secretarías del Despacho Universal, una para los asuntos de Guerra y Hacienda a cargo de José de Grimaldo y Gutiérrez de Solórzano y otra para el resto de los asuntos que conciernen a la Monarquía a cargo de Pedro Fernández Campos, II Marqués de la Mejorada.
Por real decreto del 30.11.1714, se reorganizan las Secretarías del Despacho Universal en cuatro unidades: 1.-) de Estado o negocios extranjeros; 2.-) de Asuntos Eclesiásticos, de Justicia y de Jurisdicción de los Consejos (Gracias y Justicia); 3.-) de Guerra; 4.-) de Marina y de Indias y un veedor general para las cuestiones de Hacienda. Las cuatro primeras tenían como titular a un Secretario de Estado y del Despacho, y la de Hacienda tenía como responsable al Intendente Universal de la Veeduría General (primigenia denominación del Ministro de Hacienda). Esta reorganización supone además, que los Consejos quedan bajo la autoridad de las secretarías respectivas, así como el de todo su personal. Estos Consejos irán paulatinamente desapareciendo. El Consejo de Portugal desaparecerá hacia 1640, el Consejo de Flandes se suprime el 14.04.1702, el de Aragón se abolió en 15.06.1707 y el Consejo de Italia el 01.05.1717. Bajo el mando de la Secretaría del Despacho Universal de Marina e Indias, quedaría los Virreyes, Gobernadores y tribunales Americanos. El decreto de 1714 establecía que todas las Secretaría se integraran a un Consejo de Gabinete.
Entre 1716 y 1717 las Secretarías se modificarían a un total de seis: 1.) de Estado o negocios extranjeros ; 2.-) de Gracias y Justicia; 3.-) de Guerra; 4.-) de Hacienda; 5.-) de Marina; 6.-) de Indias, quedando las primeras cuatro con titulares, y las de Indias y Marina con un mismo titular, siendo solo hasta el 18.01.1721 cuando adquieren los titulares de las secretaría en propiedad los cargos como planta fija. Esta estructura permanecerá con pocas modificaciones hasta el 8 de Julio de 1787 en que se establece la Junta Suprema de Estado, antecedente del Consejo de Ministro.
Estando ya creada la Secretaría del Despacho Universal de Asuntos de Indias, por cédula de 16.11.1717, todo lo relativo a la Hacienda Indiana se entregó a su competenciadando, dando inicio para América de una nueva reorganización administrativa y financiera. La Hacienda Indiana será la estructura administrativa encargada en los dominios españoles de América para la percepción de tributos, pago de obligaciones y remisión de caudales a la metrópoli (España).
Con las segundas nupcias de Felipe V en 1714 con Isabel de Farnesio, llegaría Giulio (Julio) Alberoni, al sistema estatal como consejero del rey entre los años 1714 y 1717, impulsó una política que combinaba las reformas económicas con medidas sociales marcadamente conservadoras, que daban marcha atrás a muchas de las que se aprobaron durante la carrera de Jean Orry, predecesor de Alberoni. Creó un servicio regular de correos con las colonias españolas en América y una nueva escuela de navegación en la que sólo podían ingresar los nobles, abolió las aduanas internas entre los distintos reinos de la corona española (con la excepción de las de Navarra y las provincias vascas) y estimuló el comercio con América trasladando la Casa de Contratación de Sevilla a la más avanzada ciudad de Cádiz.
De estas reformas surge una nueva reordenación geopolítica administrativa en América, se reorganizan los Virreinatos (19), Gobernaciones y Capitanías Generales (28), se anexan las Reales Audiencias de Quito y Panama a la Real Audiencia de Santa Fe, creando por real cédula de Segovia, del 27.05.1717 el Virreinato de Nueva Granada (29) . Estableciéndose las comandancias militares de Venezuela, Cartagena y Panamá. Se decreta la abolición de las encomiendas y en 1719 se reforma el Consejo de Indias, viéndose su ámbito de gestión reducido a lo judicial, y con la aplicación preferente del derecho común castellano, la casi abolición de las Leyes de Indias.
Durante las reformas borbónica de Felipe V estarán a cargo de los correos en América 1.-) Diego Gregorio de Carvajal-Vargas y Hurtado-Chaves de Quesada, III Conde de Catillejo, VIII Correo Mayor de las Indias (1693 - 1731) (18), y su hermana y sucesora, 2.-)Catalina Isidora de Carvajal-Vargas, IX Correo Mayor de las Indias, IV Condesa de Castillejo y del Puerto (1731-1752) (18a), ésta última dejará el Oficio de Correo Mayor en las manos de su segundo marido, Melchor Malo de Molina y Espínola hasta su muerte en 1752.
En el reinado deFernando VI (1746-1759, Casa Borbón) (18b), por el decreto del 26.08.1754, se divide la secretaría Marina e Indias y se crea de manera definitiva, la Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Hacienda como órgano encargado de la administración y control de las rentas de la Corona en la Península y en las Indias. Disminuyeron la jurisdicción del Consejo de Indias, que siguió entendiendo en asuntos de hacienda sólo por vía de justicia. De este modo, el Secretario de Indias se convirtió en un verdadero Superintendente General de la Hacienda Americana.
Durante el Reinado de Carlos III (1759-1788) (18c), se sucede una rápida evolución del comercio y de las comunicaciones, así como de las múltiples quejas de los residentes en América tanto como en España, por la poca regularidad de los correos, lo que alentó a la Corona a terminar con el monopolio de la familia Carvajal e incorporar el correo de las Indias a la Corona Española, iniciándole un largo proceso de negociaciones para abolir el privilegio del Correo Mayor. En 1762 fue nombrado don Pablo Jerónimo Grimaldi y Pallavicini, Marqués y Duque de Grimaldi "Superintendente General de Correos y de Postas dentro y fuera de España" y se expidieron varias reales cédulas mediante las cuales se organizaban los correos en todo el reino. El 15.10.1762 se reglamentaron los oficios de administradores, interventores, oficiales, carteros, mozos, guardias, postas, postillones, etc. En diciembre de 1763 se reglamentó el servicio de pliegos certificados.
En el año 1764 se encarga a Pedro Antonio de Cossio, la misión de evaluar y tasar el privilegio de Correo Mayor de modo de poder obtener las bases de un acuerdo comercial con el tenedor del Correo Mayor. Fermín Francisco de Carvajal-Vargas Chaves y Sotomayor y Alarcón, conde del Castillejo, X Correo Mayor de Indias (1752-1769) (30) que detentaba el privilegio haría desproporcionadas exigencias, las que finalmente serán zanjadas en un acuerdo de indemnización, que se firmó en San Lorenzo (El Escorial) el 13.10.1768, según el cual la corona asumía el pleno dominio de la Real Renta de Correos, revertiéndose a la corona todos los Oficios Mayores de Correos que pertenecieron a la familia Carvajal por 255 años. (Esta real cédula llegó a Chile el 28.07.1769 debiendo ser aplicada por Juan de Balmaseda, gobernador interino. Quedando la Administración de Correos de Chile constituida en el año 1772.)
Por real cédula de San Ildefonso del 17.10.1764 subdelego los Correos de la Yndias en Joaquín de Montserrat, Marqués de Cruillas, Virrey de Nueva España (05.10.1760-24.08.1766), entregándole dos cédulas en materia de correos: 1.-) Del 22.10.1763 en que se arrogaba todos los poderes de un superintendente y que todos las administradores, empleados y dependientes, así como los productos de la renta quedaban bajo sus facultades. Además de la más completa facultad para nombrar o remover de sus cargos a cualquier empleado sin tener que dar explicación de causa alguna. 2.-) Del 26.08.1764 establecía por real cédula del 06.08.1764 el "Reglamento Provisional que manda Su Majestad observar para el establecimiento del nuevo correo mensual que ha de salir de España a las Indias Occidentales", que resolvía la partida mensual de una paquebote desde La Coruña con destino a La Habana, pero con escalas en Santo Domingo y Puerto Rico. En la terminal de La Habana se concentraba todo el correo que afluía de Nueva España, Tierra firme y Perú, transportados en balandras procedentes de Veracruz, Cartagena de Indias y Portobelo, para que pudiese emprender el viaje de regreso, esta vez desde La Habana a su puerto originario sin escalas intermedias. En La Coruña se debía concentrar toda la correspondencia, la que debía dividirse en 9 clases de pliegos, 1)Para Puerto Rico, que incluía la de Caracas, Santa Marta, Margarita, Trinidad, Cumaná y el Río Orinoco; 2) Santo Domingo,) Cuba y su puerto La Habana; 3) Nueva España y su puerto Veracruz, la capital de México y las provincias de Guatemala; 4)Campeche y Honduras; 5) Tierra Firme; 6)Cartagena y la capital Santa Fé, el puerto de Porto Belo a Panamá: 7) Reyno de Quito, Perú y su capital Lima; 8) Reyno de Chile, Charcas y 9) el gobierno de Buenos Aires.
Con la reglamentación del despacho de los correos desde La Coruña, se ordena el 20.08.1764 que todas las cartas que salieran para las Indias fueran marcadas con un sello que dijera España. También se ordenó que todas las cartas recibidas de América tuvieran un sello que dijera "Yndias", para que en España los Oficios pudieran cobrar los portes con conocimiento. Con esta última ordenanza se da comienzo al uso oficial de las Marcas Pre-Filatélicas en la América colonial española ( América Latina), siendo éste antecedente de suma importancia para todo el ámbito filatélico latino-americáno, pues es aquí donde están las primeras piezas postales, los "primeros usos", que adornarán magnífica y bellamente nuestras colecciones. El 26.08.1764 se dispone por parte del Rey la creación de los Correos Marítimos de Estado, estableciendo su centro en La Coruña. El 24.10.1764 se reglamentó el Correo Marítimo desde España a las Indias Occidentales.
La reorganizaciones de la Hacienda importó la creación, modificación o incorporación de nuevos organismos: a) Aduanas: (25). b) Estancos (26). y c) Administración de Correos: En 1768 fue incorporado a la corona el oficio de Correo Mayor de Indias, y en 1772 se inicia la reorganización de los servicios en Lima por el primer administrador general de Correos. En las capitales de intendencias, hubo Administraciones Principales de Correos, y otras subalternas en las capitales de subdelegaciones. El servicio se hallaba bajo la autoridad directa de la Superintendencia General de Correos de España. Se crean también organismos de administración autónoma como las Casas de Moneda (27).
En esta política innovadora fueron de gran importancia las visitas generales, como la practicada en Nueva España por José de Gálvez (1765-71) y en el Perú por José Antonio de Areche (1776-85), o especiales para la Hacienda, como la de Diego de la Vega en Río de la Plata (1802-05). La instauración del régimen de intendencias fue la culminación de las medidas financieras adoptadas por Carlos III. Se confirmó al Secretario de Indias en el cargo de Superintendente General de Real Hacienda; éste delegaba su autoridad a los diversos superintendentes que se creaban en las cabezas de los virreinatos y provincias mayores. Las atribuciones de los virreyes que eran los Superintendencia de Real Hacienda alcanzaron su mayor amplitud en 1747 y 1751, al equipararse su jurisdicción a la que tenían los superintendentes generales de la metrópoli, adoptando ese título en adelante. El Superintendente reunía semanalmente a la Junta Superior de Real Hacienda (formada por el Regente, el Fiscal y un Oidor, Decano del tribunal de cuentas, y el Contador mayor). En cada provincia el Intendente presidía semanalmente una junta de Gobierno, formada por los principales funcionarios del erario, para examinar la marcha administrativa. Cada intendencia tuvo una caja o subtesorería principal, emplazada en la cabecera del territorio, que fue el centro de recaudación y contabilización de los impuestos y desde donde se informaba y se rendían cuentas al Tribunal de Cuentas o Contaduría correspondiente. De aquélla podían depender, si lo exigían las necesidades, una o más cajas subordinadas, que fueron simples centros de recaudación. El mayor desarrollo económico obligó a aumentar el número de los integrantes de los tribunales de cuentas. Por otra parte, se estimó oportuno crear otras contadurías de cuentas similares a las de Cuba y Venezuela, para que se subrogaran en determinados lugares, en las labores hacendísticas de las audiencias. En Filipinas, Chile (1768) y Buenos Aires (1768) se crearon estas contadurías que, precursoras de la autonomía financiera de dichas provincias, tenían jurisdicción en todos los asuntos de cuentas. La creación del virreinato del Río de la Plata y la agregación a éste del Alto Perú, llevó en 1780 a transformar la contaduría de Buenos Aires en tribunal de cuentas.
Continuando con el desarrollo de los Correos Marítimos de Estado, por real instrucción de 16.10.1765 se autorizaba las salidas y llegadas directas desde los puertos españoles de Santander, Gijón, La Coruña, Málaga, Cartagena, Alicante y Barcelona, (además de los ya favorecidos de Sevilla y Cádiz) hacia las islas de Barlovento, Trinidad, Margarita, Puerto Rico, Santo Domingo y Cuba, incrementándose más tarde la relación de puntos de partida con la inclusión de las Canarias (1772) y destinos americanos como Luisiana (1768), Campeche y Yucatán (1770), Santa Marta (1776). En febrero de 1778 se autorizó la navegación libre al virreinato de Perú, a la Capitanía General (28) de Chile y a la gobernación de Buenos Aires desde los citados puertos españoles. Por pragmática del 12.10.1778, se reglamenta y fijan aranceles reales para el comercio con las Indias; y se aumentaba el número de puertos hábiles para su ejercicio. En el año 1778, más de doscientos navíos tocaban en La Habana. Este servicio de navíos-correo se creó en base a una Empresa Naviera Estatal llamada "Correos Marítimos", cuya administración se confió a la Real Renta de Correos de España e Indias, y cuyos ingresos se formaban con fletes de la correspondencia y las cargas, además del transporte de pasajeros.
La Dirección General de los Correos Marítimos quedó a cargo de la construcción de navíos, de vigilar la conducta de los empleados, de nombrar en los diferentes cargos a personas capacitadas para los mismos y de velar por el cumplimiento de las diferentes ordenanzas. Los correos marítimos cubrían dos rutas: una iba hacia La Habana y el Caribe y la otra hacia Buenos Aires. "A primeros de cada mes los que hacían la ruta de Habana y Nueva España, y los días 15 de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre en la de Buenos Aires y el Perú". El movimiento de los correos se registraba minuciosamente en grandes libros con tapas de cuero. Los Administradores de Correos debían llevar detallada cuenta de la correspondencia, así como notas de la carga, los pasajeros, los caudales de oro y plata y los fletes de cada una de las diferentes expediciones.
En la ciudad de La Habana se estableció una Administración principal para "Islas de Barlovento, Reinos de Nueva España y Guatemala, Cartagena, Portobelo y Tierra Firme" , nombrando el 17.10.1764 a Don José Antonio de Armona y Murga como administrador, tomando posesión de su cargo el 17.02.1765. De esta Administración dependían las administraciones de México, Veracruz, Cartagena, Santa Fe de Bogotá y los de las Islas de Barlovento. Todas estas administraciones debían dar cuenta de todos los asuntos referentes a su cargo, de los caudales existentes y del estado financiero de sus cuentas anuales.
En la ciudad de Buenos Aires se estableció la Administración principal para el "Correo Marítimo de Buenos Aires y el Perú" Los correos partían desde La Coruña, y hacían una escala de rigor en la ciudad de Montevideo, donde su administrador, conjuntamente con el de la ciudad de Buenos Aires estaban encargados del mantenimiento de los navíos y de la distribución de la correspondencia a las ciudades de Lima, Mendoza, Córdoba, Valparaíso, Potosí y El Cuzco.
Es importante considerar que el manejo de los Correos continuó siendo monopolizado por la Corona, y que se prohibía a los particulares y comerciantes el transportar y entregar cartas.
Finalmente, se reinstala la Audiencia de Buenos Aires en 1783 y se instala la Audiencia de Caracas y la de Cuzco en 1786 y 1787, respectivamente.
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NOTAS |
1.- Isabel
I la Católica, nació en Madrigal de las
Altas Torres (Ávila) el 22 de abril, Jueves Santo, de
1451. Fue hija de Juan II de Castilla y de su segunda mujer,
Isabel de Portugal (1428-1496), asimismo hermana de su predecesor
en el trono Enrique IV. Se proclama Reina de Castilla el 13
de diciembre de 1474 en Segovia, tomando como base el Tratado
de los Toros de Guisandoreina y lo será hasta su muerte
en 1504. |
2.- Fernando
II de Aragón y V de Castilla, llamado el Católico
(Sos del Rey Católico, España; 10 de marzo de
1452 - Madrigalejo, España; 25 de enero de 1516). Hijo
de Juan II y de su segunda esposa Juana Enríquez. Contrajo
matrimonio en Valladolid el 19 de octubre de 1469 con Isabel
I de Castilla. Fue rey de Aragón entre los años
1479 y 1516. Rey consorte de Castilla entre 1474 y 1504 y también
regente de la corona castellana entre 1507 y 1516 debido a
la enfermedad de su hija Juana, tras la muerte de Felipe el
Hermoso. Rey de Sicilia (1468-1516) y de Nápoles (1504-1516) |
2a.-Felipe
I de Castilla "el Hermoso", rey de Castilla
y de León (1504 - 1506) por su matrimonio con Juana,
hija y heredera de los Reyes Católicos. Nacido en Brujas,
Flandes, 22 de julio de 1478, fallece en Burgos, España
el 25 de septiembre de 1506. Archiduque de Austria, Duque de
Borgoña, Brabante, Limburgo y Luxemburgo, Conde de Flandes,
Habsburgo, Henao, Holanda, Zelanda, Tirol y Artois, y señor
de Amberes y Malinas, entre otras ciudades (1482 - 1506). |
3.- Cristóbal
Colón, nacido posiblemente en Génova,
Italia, 1451 y fallece en Valladolid, España, 20 de
mayo de 1506, navegante y cartógrafo, será el
primer Virrey de América, título que se le otorgará como
hereditario por capitulaciones de Santa Fe de Granada el 30.04.1492,
inicia su primer viaje desde el Palos de la Frontera (Huelva)
el 3 de Agosto de 1492, llegando a América el 12 de
Octubre de 1492. Realizaría un segundo viaje entre el
25 de septiembre de 1493 y el 11 de junio de 1496; un tercer
viaje el 30 de mayo de 1498 y el 25 de noviembre de 1500 y
un cuarto y último viaje entre el 11 de mayo de 1502
y el 7 de noviembre de 1504. |
4.- La
Real Audiencia o Audiencia Real o, simplemente, Audiencia,
también llamadas Chancillería o Real Chancillería,
fue el máximo órgano de justicia creado por Enrique
II en 1369 y formalmente instituido por vez primera en Valladolid
el año 1371. Estaban compuestas por un Presidente, que
era por lo general el respectivo Virrey o Gobernador, y por
un número variable de Oidores (jueces), más algunos
Alcaldes del crimen (en México y Lima). Formaban parte
de este tribunal un Fiscal y "otros oficiales subalterno",
entre elllos: un Alguacil mayor, un Relator, un escribano de
cámara y un portero. En el siglo XVIII se le agregó un
Regente, que en la práctica se encargó de dirigir
este órgano y otro fiscal. Existieron las siguientes
Audiencias: Nueva España (México) en 1527; Panamá en 1538; Guatemala
en 1543, Lima (Perú)
en 1543; Nueva Galicia (Guadalajara) en 1548, Nueva
Granada (Santa Fe de Bogotá) en 1548; Charcas (Alto
Perú) en 1559; Quito (Ecuador) en 1563, Concepción (Chile) en 1563 (la última
entre 1565-1575); Filipinas (Manila) en 1583; Santiago (Chile) en 1605;
Buenos Aires (Río de la Plata) en 1661 (hasta 1671);
Buenos Aires en 1783; Caracas en
1786 y la de Cuzco en 1787. |
5.- La
Casa de la Contratación, tenía precedentes
en instituciones semejantes creadas en otros países,
en especial la "Casa da India" de Lisboa. Desempeñó ciertas
funciones de gobierno, como el reclutamiento de colonos para
poblar las nuevas tierras, el registro y la expedición
de licencias para los que querían trasladarse allí,
pero sobre todo fue órgano consultivo de los reyes para
todo lo referente al comercio, a través del cual se
cursaban órdenes acerca del tráfico mercantil
indiano. Fue la primera institución oficial creada para
el conocimiento de los saberes náuticos, en 1508 por
cédula de Fernando el Católico, se nombra a Américo
Vespuccio, Piloto Mayor de la Casa de la Contratación,
oficio que se constituyó para examinar y graduar a los
Pilotos y censurar las cartas e instrumentos necesarios para
la navegación. Años después, en 1552,
se crea la "Cátedra del Arte de la Navegación
y la Cosmografía". |
6.- El
Factor: Oficial Real que en las Indias recaudaba las
rentas y rendía los tributos en especie pertenecientes
a la Corona, a cuyo cargo estaba el aprovisionamiento y revisión
de los buques y la compra y expedición de ciertas mercancías
por cuenta de la Hacienda (armas y municiones, azogue para
extraer la plata, etc.) |
6a.- Tesorero:
Persona que recibía todos los caudales procedentes de
América, tanto de particulares como de la corona, y se
hacía cargo de los bienes de las personas fallecidas allí,
en tanto no eran entregados a sus herederos (los bienes de difuntos) |
7.-Avería: (En
la Casa de la Contratación), Derecho y repartimiento que
se hacía para satisfacer el descubrimiento en que estaban
las arcas de la Avería, gabela impuesta a los comerciantes. |
7a.-Consejo
de Indias, Consejo Supremo
y Real de Indias, Islas y Tierra Firme, fundado en
1511 y reformado en 1524, estaba compuesto básicamente
por un Presidente, un Gran Canciller, doce consejeros, el personal
subalterno habitual y algunos puestos específicos, como
el de Cronista oficial de Indias, Cosmógrafo y un Oidor
de la Casa de Contratación (que
era también Superintendente de la Recopilación
de las Leyes de Indias), con cuatro oficiales. |
8.- Real
Cédula: texto legal expuesto al Rey por el Consejo
de Indias; se referían a una cuestión determinada
y se caracterizaban claramente por la fórmula: Yo el
Rey, hago saber... |
9.- Lorenzo
Galíndez Carvajal, nació en Plasencia,
1472 y fallece en Burgos, 1527, Presidente del Consejo de Castilla,
Miembro del Consejo de Indias, Albacea testamentario del Rey
Don Fernando, "El Católico", Caballero de
la Orden de Calatrava, por R.C. de 14.05.1514 Primer
Correo Mayor de las Indias descubiertas y por descubrir,
de perpetuidad y de forma vitalicia tanto para él como
para su descendencia, quién ocupará el cargo
desde 1514 hasta su muerte en 1527. Recopilador de Leyes de
Castilla, Regidor perpetuo de la isla de Tenerife. Casado con Beatríz Ávila
(Dávila) de Ontiveros. |
10.-Carlos
I de España y Carlos V de Sacro Imperio Romano Germánico ("El
Emperador", Casa Habsburgo o Austria) , reinó entre
los años 1516 y 1556, nació en Gante, Bélgica;
24.02.1500, fallece en Cuacos de Yuste, España el 21.09.1558)
fue el primero que unió en su persona las coronas de
Castilla y Aragón.. Hijo de Juana la Loca y Felipe el
Hermoso y nieto por vía paterna de Maximiliano I de
Austria (Habsburgo) y María de Borgoña (de quienes
heredó los Países Bajos, los territorios austríacos
y derecho al trono imperial) y de los Reyes Católicos
(Trastámara) (de quienes heredó el Reino de Castilla,
Nápoles, Sicilia, las Indias, Aragón y Canarias)
por vía materna. |
10a.- Casa
Habsburgo : El nombre deriva del suizo Habichtsburg
(Castillo del azor), residencia de los Habsburgo durante los
siglos XI, XII y XIII en el ducado de Suabia, actual Suiza
cuyo territorio formaban parte principalmente del Sacro Imperio
Romano Germánico. Desde la Alsacia, Brisgovia, Argovia
y Turgovia, extendieron su influencia y asentamientos a los
extremos del sudeste del Sacro Imperio Romano Germánico,
aproximadamente lo que es hoy en día Austria (1278-1382).
En dos o tres generaciones, los Habsburgos formarían
un imperio, inicialmente intermitente que duraría más
de seis siglos; (1273 - 1291, 1298
- 1308, 1438 - 1740 y 1745 - 1806). Luego del matrimonio
de Maximiliano I con Mary, heredera de Borgoña (que
controlaba los países bajos) y el matrimonio de su hijo
Felipe el Hermoso con Juana, heredera de España y su
recién fundado imperio, Carlos V heredó España,
Italia del sur, Austria y los Países Bajos. En 1580
su hijo Felipe II heredó Portugal y sus colonias. Bajo
Maximiliano II, los Habsburgos adquirieron primero la tierra
donde después construirían el Palacio de Schönbrunn:
el palacio de verano de los Habsburgos en Viena y uno de los
símbolos más duraderos de la dinastía.
Con Carlos V (Carlos I de España) (1516 - 1556), la
dinastía se dividió en una rama austriaca y una
española. Los Habsburgos austriacos llevaron (después
de 1556) el título de Emperador del Sacro Imperio Romano
Germánico, así como de las tierras hereditarias
de los Habsburgo y los Reinos de Bohemia y Hungría,
mientras los Habsburgos españoles gobernaban sobre los
reinos españoles, los Países Bajos, las posesiones
de los Habsburgos en Italia, y durante un tiempo, Portugal.
Hungría, nominalmente bajo el reinado de los Habsburgo
desde 1526 pero en su mayor parte bajo ocupación turca
otomana durante 150 año, fue reconquistada en 1683 -
1699.
Los Habsburgos españoles desaparecieron
en 1700 ( Guerra de Sucesión Española) y los
Habsburgos austriacos en 1740 (Guerra de Sucesión Austriaca).
Sin embargo, la heredera del último Habsburgo austriaco
(María Teresa) se casó con Francisco Estéban,
Duque de Lorena, (ambos eran bisnietos del Emperador Habsburgo
Fernando III, pero desde diferentes emperatrices) y sus descendientes
continuaron la tradición de los Habsburgo de Viena bajo
el nombre dinástico Habsburgo-Lorena. |
11.-Consejo
de Hacienda: Estaba compuesto por cuatro tribunales:
el Consejo de Hacienda, propiamente
dicho, el Tribunal de Millones (que
se encargaba de todo lo tocante a la administración,
beneficio y cobro de los millones, una especie de impuesto),
el Tribunal de Oidores (se
ocupaba de los pleitos de justicia que tenían relación
con la Hacienda y el fisco) y la Contaduría Mayor de
Cuentas |
11a.- La
antigua organización de la Hacienda
Castellana no se trasplantó en su integridad a
los territorios recién descubiertos, sino que, usándola
como modelo, se procuró introducir modificaciones y simplificarla.
A decir: a) Todos los habitantes de Indias, así españoles
como indígenas, estaban obligados a tributar, pero sólo
los últimos, asimilados a los pecheros castellanos, debían
gravámenes de carácter personal. La hidalguía
no eximía del pago de impuestos. b) Al no existir Cortes
en América, la exacción, cuantía y forma
de recaudación eran determinadas únicamente por
la Corona, sin consulta ni intervención de las repúblicas
de españoles o de indios. c) Se procuró que la
administración del erario corriera por cuenta de funcionarios
estatales especializados, los oficiales reales, sustituyéndose
siempre que era posible el arrendamiento de impuestos por la
administración directa. d) Se creó un doble sistema
de vigilancia y contabilidad, representado por organismos territoriales
(tribunales y contadurías de cuentas) y metropolitanos
(fundamentalmente, la Contaduría General del Consejo de
Indias). |
11b.- Ordenanzas
de Granada: Dadas las continuas denuncias de Bartolomé de
las Casas sobre de los abusos de los conquistadores y encomenderos,
esta hicieron mella en la conciencia del emperador y en Noviembre
de 1526, la Corona dictó doce ordenanzas dirigidas a
los Capitanes españoles de la Conquista en las que se
les conminaba a enseñar buenas costumbres a los naturales,
apartarlos de los vicios e instruirlos en la fe cristiana.
En estas ordenanzas se disponían: a.-) Castigos a todos
los Conquistadores que cometiesen tropelías con los
aborígenes; b.-) Libertad para todo indígena
esclavizado injustamente; c.-) Presencia de dos clérigos
en las huestes conquistadoras encargados de que se dispensase
un buen trato a los nativos; d.-) Lectura una y más
veces del texto del Requerimiento; e.-) Prohibición
de hacer esclavos - Alistamiento de las tropas en España
para evitar la despoblación de las Indias; f.-) Tener
en cuenta a la hora de actuar el parecer de los Oficiales Reales
(de entrada) y de los clérigos; g-) Veto al trabajo
indígena en las minas, pesquerías y granjerías,
etc.. |
11c.- Leyes
Nuevas : Cuerpo legal dictado en España el año
1542, que incluía entre sus 54 artículos la supresión
de la esclavitud y la encomienda indígena. La abolición
de esta institución dejaba a los conquistadores sin
la indispensable mano de obra para explotar las riquezas mineras
y agrícolas en América. conjunto de 40 leyes
y ordenanzas para la gobernación de las Indias y buen
tratamiento y conservación de los indios, que reemplazarán
a las anteriores Leyes de Burgos,
las que serán ampliamente rechazadas y finalmente derogadas
en 1545 |
11d.- Gobernación
de Nueva Castilla, con 270 leguas de ancho de norte a
sur, para Pizarro, desde el río Santiago, el grado 1° 20'
Norte hasta aproximadamente el 14° Sur, otorgada por real
cédula de Carlos I el 4 de mayo de 1534. |
11e.- Gobernación
de Nueva Toledo fue para Diego de Almagro, 200 leguas
de ancho de norte a sur, desde el 14° Sur hasta el 25° 31'
36" S, un poco al sur de Taltal, otorgada por real cédula
de Carlos I el día 21 de mayo de 1534 |
Gobernación
de Nueva Andalucía, con 200 leguas de ancho de
norte a sur , fue para Pedro de Mendoza desde Taltal hasta
aproximadamante el grado 36° sur, Isla de Santa María
en la costa de Arauco, otorgada por real cédula de Carlos
I el día 21 de mayo de 1534 |
Gobernación
de Nueva León para Simón de Alcazaba,
quien había sido desplazado por las otras concesiones.
Su gobernación iba de 36° S al 48° 22' 25" S
(isla de la Campana). otorgada por real cédula de Carlos
I el día 21 de mayo de 1534 |
12.- Diego
Galíndez de Carvajal y Dávila, II
Correo Mayor de las Indias entre los años 1527
y 1562, nacido en 1502 en Trujillo, Cáceres, Alcalde
de Montanches en 1527, fallece en Lima el 28.06.1562., Caballero
de la Orden de Santiago, Regidor perpetuo de Plasencia y de
Trujillo, Gentilhombre del Príncipe Don Felipe -luego
Felipe II-, Comisario perpetuo de Encomiendas del Perú.
Casado con Beatríz de Vargas
y Sotomayor. Nombrado Comisario Real sobre los reales
derechos en el Perú, se traslada en comisión
especial en 1559, llegando a principios de 1561 a Ciudad de
los Reyes, donde fue reconocido por el Cabildo como Correo
Mayor de Indias. Siendo el primer Correo Mayor avencindado
en Lima. |
12a.- Felipe
II, El
Prudente 1556-1598, Casa Habsburgo o Austria,
nació Valladolid, España; 21.05.1527 y fallece
en El Escorial, España; 13.09.1598; Hijo y heredero
de Carlos I de España e Isabel de Portugal y nieto por
vía paterna de Juana I de Castilla y Felipe I y de Manuel
I de Portugal y Maria de Castilla por vía materna. Rey
de León y de Castilla, de Aragón, de Portugal
y los Algarves (1581-1598), de Nápoles y Sicilia y de
Jerusalén (como Felipe I),
de Navarra (como Felipe III),
de Granada, de Valencia, de Toledo, de Galicia, de Mallorca,
de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega,
de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de
Gibraltar, de las islas Canarias, de las Indias, Perú,
de las Islas y Tierra Firme del Mar Océano |
12b.- Juan
de Carvajal Vargas y Sotomayor, III
Correo Mayor de las Indias, entre los años
1562 y 1570, hijo primogénito de Diego
Galíndez de Carvajal y Dávila, II
Correo Mayor de las Indias y de Beatríz
de Vargas y Sotomayor.Posteriormente cedió la
otra mitad del Oficio a su hermano Diego
de Carvajal Vargas y Sotomayor, Circa 1582 .
|
13.- Diego
de Carvajal y Vargas y Sotomayor, IV
Correo Mayor de las Indias entre los años 1570
y 1593, nacido en Trujillo, Cáceres, fallece en Lima
1593, Comisario perpetuo de Encomiendas en el Perú,
Familiar del Santo Oficio de la Inquisición, Alcalde
de Lima en 1576 y Corregidor de Pisco. Casado con Beatriz
de Marroquin y Montehermoso y Cépedes, natural
de Briviesca, Burgos. |
13a.-Felipe
III de Habsburgo, nacido en Madrid el 14.04.1578, fallece
en Madrid 31.03.1621, llamado "El Piadoso", rey de
España y Portugal desde el 13.09.1598 hasta su muerte.
Hijo y sucesor de Felipe II y de Ana de Austria (1549-1580).
En 1598 contrajo matrimonio con la archiduquesa Margarita de
Austria-Estiria, hija del archiduque Carlos II de Estiria y
de María Ana de Baviera, nieta del emperador Fernando
I. Rey de León y de Castilla (como Felipe III), de Aragón,
de Portugal y los Algarves, de Nápoles y Sicilia y de
Jerusalén (como Felipe II), de Navarra (como Felipe
IV), de Granada, de Valencia, de Toledo, de Galicia, de Mallorca,
de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega,
de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de
Gibraltar, de las islas Canarias, de las Indias, Perú,
de las Islas y Tierra Firme del Mar Océano |
13b.- Felipe
IV de Habsburgo, nacido en Valladolid, 08.04.1605, fallece
en Madrid el 17.09.1665, llamado “El Grande” o “El
Rey Planeta”, rey de España desde el 31.03.1621
hasta su muerte. Hijo y sucesor de Felipe III y de la archiduquesa
Margarita de Austria. |
14.- Diego
de Carvajal-Vargas y Marroquín, V
Correo Mayor de las Indias entre los años 1593
y 1631, nacido en Lima en 1572, falleció el 11.08.1631,
Alcalde de Lima en 1602 y Comisario General de la Caballería
del Perú, Caballero del Hábito de Santiago, Gentilhombre
de Cámara de Su Majestad. Casado con Isabel de Mendoza
[Córdova y Guzmán] y Avendaño, natural
de Lima, biznieta del Rey D. Alonso XI. |
15.- Francisco
de Sancho de Carvajal-Vargas y Mendoza (Córdova y Guzmán), VI
Correo Mayor de las Indias entre los años 1631
y 1653, nació el 29.10.1611 en Lima y fallece el 08.05.1653
en el Cuzco, encomendero del repartimiento de Ichoguari, Corregidor
de la Provincia de Canes y Canches, Justicia Mayor y Teniente
de Capitán General de la provincia de Canas, Pisco,
Nazla y Cañete, Caballero del Hábito de Alcántara,
Maestre de Campo General de los Reales Ejércitos del
Perú, Hijo del V Correo Mayor. Casado con Leonor
Altamirano de los Rios y al enviudar se casa el 05.05.1648
con Bernarda Sotomayor y Pimentel. |
16.- Diego
Anastasio de Carvajal-Vargas y Altamirano, VII
Correo Mayor de Indias entre los años 1653 y
1693, nacido en 1636 en Lima, fallece el 28.12.1693, en San
Francisco el Grande, Caballero del Hábito de Calatrava,
segundo Patrono de la provincia de San Francisco de los Doce
Apóstoles del Reino del Perú, Encomendero del
repartimiento de Ichiguari, I Conde
de Castillejo por real cédula dada en Madrid el 12.06.1683.
Casado con Sancha de Casto y Vargas-Carvaja Mendoza y Guzmán
en 1653 y en segundas nupcias con Francisca de Luna y Sarmiento
en 1675, ambos sin sucesión, por disposición
testamentaria otorgada ante Sánchez Becerra, pasó el
título, con el mayorazgo que fundó, a su sobrino
Don Diego Carvajal-Vargas y Hurtado de Chaves. |
16a.- Comisión
de Millones:Entre sus cometidos figuraba la negociación
de los encabezamientos, arrendamientos, anticipos y préstamos
de los asentistas, el conocimiento de la cuantía de
los ingresos de las rentas, la averiguación de los recursos
existentes y de las necesidades financieras del Estado, la
enajenación de juros, oficios y demás regalías
de la Corona, así como los asuntos judiciales relacionados
con el fraude fiscal, las usurpaciones de las rentas por los
particulares o las apropiaciones indebidas de los ingresos
recaudados, pudiendo sancionar a los infractores con las penas
establecidas en las leyes del reino. |
16b.- Carlos
II de España , nacido en Madrid el 6.11.1661,
fallece en Madrid el 01.11.1700, llamado "El Hechizado",
rey de España desde 1665 hasta su muerte, último
de la Casa de Habsburgo. Hijo y heredero de Felipe IV y de
Mariana de Austria, permaneció bajo la regencia de su
madre hasta que alcanzó la mayoría de edad en
1675. Casó en primeras nupcias con Isabel de Borbón
y nuevamente en el año 1649 se casó con Mariana
de Austria. |
17.-Pragmática: Decisiones
con fuerza general de ley general que tenia por objeto reformar
algún daño o abuso. |
17a.- Felipe
V de Borbón, (Philippe de Bourbon, duque de Anjou), “El
Animoso”, nacido en Versalles el 19.12.1683, fallece
en Madrid el 09.07.1746, Rey de España, desde el 15.11
1700 hasta su muerte, segundo hijo de Luis, Gran Delfín
de Francia (1661-1711) y de Ana María de Baviera, nieto
por tanto del rey Luis XIV de Francia y de María Teresa
de Austria (hermana del rey Carlos II de España), sucesor
del último monarca Habsburgo de España y primer
monarca de la dinastía Borbón. |
18.- Diego
Gregorio de Carvajal-Vargas y Hurtado-Chaves de Quesada, III
Conde de Catillejo, VIII Correo Mayor de las Indias Islas y
Tierra Firme del Mar Océano entre los años
1695 y 1731, nacido en 1686 en Lima, fallece en 1731, Caballero
de la Orden de Santiago en 1713, Señor de la Encomienda
de Ichoqueri, Patrono de la provincia de los Doce Apóstoles
de la Orden Franciscana en el Perú. Casado con Constanza
Toribia de la Cueva Mendoza Urdanegui y Luján, II Marquesa
de Santa Lucía de Conchán, sin descendencia. |
18a.- Catalina
Isidora de Carvajal-Vargas, IX Correo Mayor de las Indias,
IV Condesa de Castillejo y del Puerto.Bautizada el día
05.08.1688 Lima.Hermana del VIII Correo Mayor y Madre de la
Esposa del IX Correo Mayor. A la muerte de su tía Doña
María Encarnación de Carvajal heredó también
el Estado del Puerto y su Condado, Señora de la villa
de Puerto de Santa Cruz de la Sierra, patrona de la provincia
Franciscana Doce Apóstoles, del Perú. Madre de
Doña Joaquina Ana Magdalena de Brun y Carvajal-Vargas,
que sucedió en este título. Caso con Tomás
de Brun y Normande (Oidor de la Real Cansillería
de Lima), al enviudar contrajo segundas nupcias con Merchor
Malo de Molina y Espínola. |
18b.- Fernando
VI, "El Prudente" 1746-1759, Casa Borbón,
nació Madrid, España; 23.09.1713, fallece en
Villaviciosa de Odón el 10.08.1759), segundo hijo de
Felipe V y de su primera esposa María Luisa Gabriela
de Saboya. Se casó con Bárbara de Braganza en
1729, que fue Reina de España hasta su muerte en 1758. |
18c.- Carlos
III, "El Político", Casa Borbón,
nacido en Madrid, 20.01.1716, fallecido en Ibid., 14.12.1788.
Duque de Parma con el nombre de Carlos I (Carlo I) entre 1731
y 1735, Rey de Nápoles y Sicilia con el nombre de Carlos
VII (Carlo VII) de 1734 a 1759 y de España (1759-88),
perteneciente a la Casa de Borbón. Tercer hijo varón
de Felipe V, el primero que tuvo con su segunda mujer, Isabel
de Farnesio, por lo que fue su hermanastro Fernando VI quien
sucedió a su padre en el trono español. Carlos
sirvió a la política familiar como una pieza
en la lucha por recuperar la influencia española en
Italia: heredó inicialmente de su madre los ducados
de Parma, Piacenza y Toscana (1731); pero más tarde,
al conquistar Felipe V el Reino de Nápoles y Sicilia
en el curso de la Guerra de Sucesión de Polonia (1733-1735),
pasó a ser rey de aquellos territorios con el nombre
de Carlos VII. Contrajo matrimonio en 1729 con María
Amalia de Sajonia, hija de Federico Augusto II, duque de Sajonia
y de Lituania y rey de Polonia. |
19.- Virreinatos :
Divisiones territoriales principales creadas por la Corona Española
(virreynatos en una antigua ortografía) para la administración
política de las grandes expensiones territoriales americanas
incorporadas a la misma. Dado que Cristóbal Colón
ostentó en primer título de Virrey (en las Américas),
podríamos atribuir a todo el Nuevo Mundo la extensión
territorial del primer virreinato, el nunca existió como
tal formalmente. El primer e Virreinato oficial surge con la
creación del Virreinato de
la Nueva España (1535-1821) que en un comienzo
abarcaba desde Norteamérica hasta Guatemala y Filipinas. Virreinato
del Perú (20.11.1542 al 09.12.1824) , entre los
siglos XVI y XVIII, llegó a abarcar desde Panamá hasta
el Cabo de Hornos, toda la Sudamérica española
excepto Venezuela (dependiente de la Real Audiencia de Santo
Domingo, en la isla La Española, que a su vez lo era del
Virreinato de Nueva España; entre 1718 y 1742, Venezuela
se integró en el recién creado Virreinato de Nueva
Granada). Virreinato de Nueva Granada
(1717-1723; 1739-1810) y Virreinato
del Río de la Plata (1776-1811) |
20.- Gobernador: Máxima
autoridad, Jefe político y administrativo de una Gobernación
o Capitanía General, caso en el era Comandante militar
("capitán general"), ostentó también
el título de presidente Real Audiencia. Y cuando la Real
Audiencia no existía, era Justicia mayor. |
20a.- Adelantado:
Oficio o cargo concedido por los Reyes de España en forma
de propiedad o vitalicia a personas que concedía descubriese,
conquistase y poblase tierras en las Indias. Los aspirantes a
adelantado emprendían expediciones con medios propios
con la esperanza de verse recompensados tanto económicamente
como por un reconocimiento político y social por parte
de la Corona. El oficio de adelantado cayó en desuso en
beneficio de otras instituciones creadas por la corte española
para controlar el territorio americano: Virreinatos, Audiencias,
etc. |
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25.- Aduanas:
Los impuestos sobre importaciones, exportaciones y transacciones
mercantiles fueron recaudados tradicionalmente por medio de arrendadores.
En la primera mitad del s. XVIII se ensayó la percepción
directa por los oficiales reales. El mal resultado de la medida
impulsó a crear una administración separada que
uniera la eficacia a la economía de la gestión,
sobre el modelo de aduana que se había establecido en
Córdoba de Tucumán por cédulas de 1618 y
1622. De aquí resultó la formación de un
cuerpo de vigilantes sometido a disciplina militar para reprimir
el contrabando, y la organización del cuerpo de vistas
para la apertura de fardos y aforos. En 1769, se autorizaba al
Virrey del Perú para erigir la Aduana de Lima; en 1778,
se estableció la de Buenos Aires. |
26.- Estancos:
Aunque ya existían rentas estancadas o monopolios estatales
en los s. XVI y XVII (naipes y papel sellado), es en el s. XVIII
cuando adquieren su mayor importancia. El que tuvo desarrollo
más notable fue el Real Estanco
de Tabacos. Implantado en México hacia 1753-55,
se extiende a Lima y más tarde a Chile y Buenos Aires.
Otros estancos, como el de papel sellado, naipes, pólvora
y breas, solían administrarse junto con el de tabacos;
en este caso, el organismo distribuidor se denominaba Administración
de Rentas Unidas. |
27.- Casas
de Moneda, que tuvieron como misión la de dotar
de medios de cambio a los mercados indianos. Para ello debían
comprar y quintar el metal y acuñar el numerario. Además,
percibían para el fisco el impuesto de señoreaje
por la amonedación. Aunque la creación de las cecas
más importantes databa del s. XVI (México,
1535; Santo Domingo, 1542; Lima, 1565, y definitivamente en 1683;
Potosí, 1574), los inconvenientes derivados de
su manejo por particulares indujeron a incorporarlas a la corona
a partir de 1753. Otras cecas creadas por particulares en el
siglo XVIII, como las de Popayán
(1729), Guatemala (1731), Santiago de Cuba (1741) y Santiago
de Chile (1743) recibieron el mismo tratamiento. |
28.- Capitanía
General era una forma de administración utilizado
en las colonias españolas, para ejercer dominio sobre
zonas que tenían una importancia militar o estratégica
y no tanto por su rol económico o comercial para la
metrópoli. Las Capitanías, además, se
caracterizaban por ser zonas de importancia estratégica
ya fuera en la lucha contra las potencias extranjeras, la piratería,
así como en la lucha contra las tribus indígenas
de difícil sometimiento. El gobernante en una Capitanía
era un presidente que tenía el control militar y ejecutivo
de la región con el apoyo o consejo de una Real Audiencia.
Existieron en América las siguientes Capitanías
Generales: Capitanía General
de Cuba (1764), Capitanía General de Chile (1541), Capitanía
General de Guatemala (1560), Capitanía General de las
Filipinas (1565), Capitanía General de Venezuela (1777)
y Capitanía General de Yucatán (1546). |
29.- Virreinato
de Nueva Granada, creando por real cédula de
Segovia, del 27.05.1717, con las provincias de Santa Fe o Nuevo
Reino de Granada y las de Cartagena, Santa Marta, Maracaibo,
Caracas, Antioquia, Guayana, Popayán y las de San Francisco
de Quito. Estableciéndose las comandancias militares
de Venezuela, Cartagena y Panamá. El que por problemas
financieros se suspenderá en 1724, reorganizándose
nuevamente en 1740, perdurando hasta 1810. |
30.- Fermín
Francisco de Carvajal-Vargas Chaves y Sotomayor y Alarcón (
nació el 16.09.1722 en Quipolemu, Concepción,
Chile y fallece el 22.01.1797 en Madrid, España) , VIII
Correo Mayor de las Indias y de las Islas y Tierra-Firme del
Mar Océano y del Mediterráneo, descubiertas y
por descubrir, IV Conde de
Castillejo, VII Conde del Puerto, IX Señor de la villa
de Santa Cruz de la Sierra y XIII Señor de Valhondo
en Extremadura, Alcalde ordinario de primer voto por
el estado noble de Lima en 1750, Caballero del Hábito
de Santiago, Familiar del Santo Oficio de la Inquisición,
Gran Cruz de Carlos III, Teniente General de los Reales Ejércitos
en 1789, Comandante General de la Caballería del Reino
del Perú, Gentilhombre de Cámara, con ejercicio,
de Su Majestad el Rey Don Carlos III, elevado por Carlos III
a la Grandeza de España honoraria
por real cédula del 10.10.1768 y
creado I Duque de San Carlos y Grande
de primera clase por el Rey Carlos IV por real cédula
de 02.04.1784 y por real cédula 21.04.1792 respectivamente.
Quedando desde
el 13.10.1768 incorporado a la Corona el alto cargo de Correo
Mayor de las Indias, cuyo título puramente honorífico
se conservó en sus descendientes. . Hijo de Don
Luis de Carvajal Vargas y Alarcón, natural
de Quipolemu, Concepción de Chile, y de Doña
Luisa de Alarcón Cortés, natural de Concepción,
Chile. Casó con su parienta Doña Joaquina
Ana Magdalena Brun y Carvajal, V Condesa de Castillejo y
del Puerto que fallece en Lima el 4 de enero de 1774. |
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Glosario |
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Reales
Ordenes:Fueron creadas en la época de los Borbones
y emanaban del Ministerio por orden del Rey. |
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Ordenanzas: Fueron
dictadas por los Virreyes o por las Reales Audiencias y legislaban
sobre asuntos que llegaron en algunos casos a constituir verdaderos
códigos. |
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las Leyes de Burgos
de 1512, las Ordenanzas de Granada de 1526, las Nuevas Leyes
de 1542 y en la extraordinaria legislación social a favor
del trabajo indígena registrada en el Libro 6, tomo II,
de la Recopilación de Indias. Asimismo, en cambios institucionales
que parten desde el abandono del Requerimiento hasta la implantación
de las Ordenanzas de Felipe II, de 1573, cuando sustituye el
término “conquista” por el de “pacificación” (Leyes
de Indias, ley 9, título 4, libro III). |
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