75º ANIVERSARIO DIRECCION DEL TRABAJO
LOS INICIOS
Cuando las principales naciones del mundo promovían
una acelerada industrialización que planteaba problemas
sociales con la creación del trabajo asalariado y que
dio como resultado el nacimiento de la Organización
Internacional del Trabajo y de las normas internacionales
sobre la materia, en América Latina surge también
la reflexión sobre “la cuestión social”,
es decir como desde el Estado se equilibra jurídicamente
la desigualdad económica y social que se da entre las
partes de la relación del trabajo. Nace así
la legislación social, eminentemente protectora, con
normas imperativas e irrenunciables, y los órganos
del Estado encargados de velar por su cumplimiento. Ello da
lugar a la creación de la Dirección General
del Trabajo mediante la ley Nº 4.053 de 1924. No es casualidad
que en ese año dicten las leyes laborales, las que
después refundidas en 1931,darán lugar a nuestro
primer Código del Trabajo, y que simultáneamente
se cree la Dirección del Trabajo, un día 29
de septiembre de 1924.
El legislador de la época recogiendo la diversidad
de intereses y reconociendo el conflicto social, también
le asigna a la Dirección del Trabajo una función
muy importante en la prevención y conciliación
de los conflictos laborales; ello, junto con reconocer y garantizar
el derecho de los trabajadores a sindicalizarse y de estatuir
el mecanismo de la negociación colectiva como el instrumento
legal para la solución de los conflictos.
El elemento de justicia- de equidad entre partes desiguales-
que está presente en la expresión del “estado
social” se incrementa con el tiempo al adscribirse a
la estructura de la DT los Tribunales del Trabajo, los que
permanecen bajo su égida hasta 1953. En el desarrollo
posterior de la institución, hasta nuestros días,
ésta continúa formando parte del engranaje del
Estado que debe garantizar a sus ciudadanos (as) en su calidad
de trabajadores (as) el acceso a la justicia.
En 1967, mediante el D.F.L.2, se definió a la Dirección
del Trabajo como un organismo Técnico que tiene la
función de fiscalizar la aplicación de la legislación
laboral, fijar por medio de Dictámenes el sentido y
alcance de las leyes del trabajo, difundir la legislación
laboral, supervigilar el funcionamiento de las Organizaciones
Sindicales y prevenir y ayudar a solucionar los conflictos
del trabajo.
En los últimos 20 años a la Dirección
del Trabajo se le han ido asignando nuevas tareas como velar
por la salud de los trabajadores prohibiendo el trabajo extraordinario
en circunstancias calificadas, controlar los límites
de jornadas, fiscalizar los descansos, velar por el cumplimiento
de las normas sobre la protección a la maternidad,
todo mediante el D.L. 2.201 en 1978. Asimismo , entre 1981
y1996 se ampliaron las facultades para fiscalizar la legislación
previsional, se la faculta para autorizar sistemas excepcionales
de distribución de jornada y se le otorga jurisdicción
sobre materias de higiene, seguridad y prácticas antisindicales.
LA
MODERNIZACIÓN
En el transcurrir de un siglo, el mundo ha experimentado grandes
cambios en los más diversos ámbitos. No sólo
está el nuevo paradigma de la mundialización
con todos sus componentes y múltiples efectos en la
estructuración del área productiva, de la organización
del trabajo e incluso en los contenidos de este último,
sino también en el plano de las ideas se converge cada
vez más en el planteamiento que sólo es posible
alcanzar grados mayores de equidad si se genera más
crecimiento económico. Crecimiento que debe sustentarse
en empleos dignos y productivos. En descubrir y relevar los
que une sin deslegitimar la diversidad y las divergencias.
La Dirección del Trabajo se ha hecho cargo de los nuevos
desafíos a que la enfrenta esta realidad compleja,
dinámica y cambiante. Ha incrementado sustantivamente
la difusión de la normativa laboral, la capacitación
y la asistencia técnica a organizaciones sindicales
y de empleadores, las formas preventivas de fiscalización;
el fomento a las organizaciones sindicales y a la negociación
colectiva así como al diálogo como solución
de conflicto entre trabajadores y empleadores; se ha preocupado
del estudio de los nuevo fenómenos que emergen en el
mundo del trabajo y que pueden dar lugar a cambios, educación
o elaboración de nuevas normas o de nuevas políticas.
Por último, ha hecho también un valioso y constante
esfuerzo, en su quehacer cotidiano, por dialogar y considerar
las opiniones de organizaciones sindicales y empresariales,
sin abandonar de ninguna manera sus responsabilidades en la
interpretación de la ley y en el control y sanción
a las transgresiones a la normativa laboral, en el marco de
la autonomía que el estado de derecho garantiza a todo
ente fiscalizador.
NUESTRA
MISION
Contribuir a modernizar y hacer más equitativas las
relaciones laborales, velando por el cumplimiento normativo,
promoviendo la capacidad de las propias partes para regularlas,
sobre la base de la autonomía colectiva y el desarrollo
de las relaciones de equilibrio entre los actores, favoreciendo
de tal modo el desarrollo del país. |