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La Tarifa para Material Impreso en los Enteros Postales y su impacto en la Sociedad 1882- 1920
Un reflejo de la Sociedad Chilena Comercial e ilustrada de su época

La presente exposición pretende mostrar la actividad social, cultural y comercial de Chile entre los años 1882 y 1920, a través del uso de los Enteros Postales con pre-impresión y que los particulares realizaban a fin de tratar de gozar de tarifas rebajadas.

El período escogido abarca desde la aparición en diciembre de 1882 de la primera Tarjeta Entero Postal emitida por la Administración Postal específicamente para cumplir con la tarifa de un centavo, y que dejaba en mano de los particulares la obligación de imprimir en el reverso del mismo el texto y/o los diseños que ellos quisieran, siempre y cuando cumplieran con las exigencias que determinada la legislación postal, hasta el año 1920 en que dejó de ser válida la tarifa de 4 cts. para el despacho de una Tarjeta Entero Postal Internacional tipo “Material Impreso”. La última emisión de Tarjetas Enteros Postales fue en 1915.
La aplicación de la tarifa rebajada quedaba al arbitrio del empleado de Correo, quién debía evaluar si las tarjetas que se le entregaban cumplían o no las condiciones establecidas por la Administración de Correos para ser consideradas como “Material Impreso” o “Circulares”.
La tarifa rebajada los convirtió en un instrumento de comunicación de bajo costo para particulares, agrupaciones sociales de diversa índole, comunidades nacionales y extranjeras, así como para instituciones gubernamentales, comerciales e industriales.

CAPÍTULO 1 : Dic.1882 al 30.09.1907 ( 24 años) - Tarifa nacional 1 ctvo, Internacional 2 cts.
CAPÍTULO 2 : 01.10.1907 al 22.01.1912 (4 años 3 meses) - Tarifa nacional 1 ctvo, Internacional 3 cts.
CAPÍTULO 3 : 23.01.1912 al 31.08.1912 (3 meses) - Tarifa nacional 2 cts, Internacional 3 cts.
CAPÍTULO 4 : 01.09.1912 al 01.04.1920 (7 años 6 meses) - Tarifa nacional 2 cts, Internacional 4 cts.
CAPÍTULO 5 : 01.09.1920 al 1921 - Tarifa nacional 2 cts, Internacional 6 cts.

La Ley de Tarifa Postal del 19 de noviembre de 1874 en el Artículo 8º contempló la definición de “Material Impreso” y su tarifa rebajada agregando, modificando y complementando el Título VI (Del Porte de la Correspondencia) de la Ley de año 1852.
Material Impreso Nacional y tarifas: Se consideran impresos los diarios o publicaciones periódicas, los libros a la rústica o empastados, los folletos, los papeles de música, las tarjetas de visita, las de dirección, las pruebas de imprenta, con o sin los manuscritos relativas a ellas, los papeles escritos para uso de los ciegos, los grabados, fotografías, litografías, imágenes, planos, mapas, catálogo, prospectos, anuncios, impresos, grabados, litografiados o autografiados, y en general todos las impresiones o reproducciones en papel, pergamino o cartón, hechas por medio de la tipografía, del grabado, de la litografía o cualquier otro medio mecánico fácil de reconocer, exceptuando el calco y la máquina de escribir, a condición de que estas reproducciones se entreguen a los empleados de correos y en número no menor de veinte ejemplares exactamente iguales. Es prohibido agregar de cualquier modo cuanto pueda quitar al impreso su carácter de generalidad, pues sería clasificado como carta y multada.”
“Las cartas-circulares, las tarjetas de visita y demás impresos que no están destinados a la luz pública sino a individuos determinados , pagarán un centavo por cada ejemplar.
Por Ley 2.579 del 6 de diciembre de 1911 y que entró en vigor el 23 de enero de 1912, se fija la tarifa de envío “Impreso Nacional” en 2 cts., Manteniéndose este valor hasta el 24 de octubre de 1928.

Material Impreso Internacional y tarifas:
Con el ingreso de Chile a la Unión Postal Universal el 1 de abril de 1881, se adoptaron las tarifas de 3 centavos para el envío de “Material Impreso” por la vía de Panamá y 2 cts. Por cualquier otra vía. Por ley del 26 de septiembre de 1883 se fija la tarifa para el envío de “Material Impreso Internacional “ en 2 cts. por unidad. Por Ley 2.047 que entró en vigor el 1 de octubre de 1907 la tarifa se incrementó a 3 centavos. El 1 de septiembre de 1912 se incrementa a 4 centavos y en 1921 a 6 cts.

 

MARCO 1
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MARCO 2
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MARCO 3
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MARCO 4
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MARCO 5
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MARCO 6
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MARCO 7
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MARCO 8
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